PROMUGARON LA LEY DE INTERRUPCIÍON VOLUNTARIA DEL EMBARAZO


Regirá partir del 23 de enero  

A través de su publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno Nacional promulgó la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) y la ley del Plan Mil Días, de cuidado integral de salud en el embarazo y la primera infancia. Ambas normativas comenzarán a regir el sábado 23 de enero.

El texto «observa» en su primer artículo «la palabra ´integral´ a continuación de la palabra “salud” en el inciso b) del artículo 4° y en el artículo 16, en el inciso 2) del artículo 86 del Código Penal que sustituye, del Proyecto de Ley registrado bajo el N° 27.610».

La aclaración fue realizada debido a que la palabra «integral» a continuación de la palabra «salud» figuraba en dos artículos (4 y 16) de la ley sancionada por el Congreso y su eliminación fue acordada por los legisladores en su tratamiento en la Cámara alta para garantizar la sanción de la ley.

La norma establece las condiciones en las cuales una mujer podrá llevar a cabo la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 14 semanas de gestación sin necesidad de que medie causal alguna y sin costo, ya que la práctica se incorpora al Programa Médico Obligatorio (PMO) del sistema de salud.

En tanto, el decreto 15/2021 promulga la Ley 27.611 de los Mil Días, con la firma del Presidente; el jefe de Gabinete, Santiago Andrés Cafiero; el ministro de Salud, Ginés Mario González García; la ministra de Mujeres, Género y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, sus colegas de Desarrollo Social, Daniel Fernando Arroyo; y de Trabajo, Claudio Moroni.

Además, se realizará una “aplicación retroactiva” de la ley y se cerrarán todas las causas judiciales contra personas que hayan accedido a la práctica dentro del plazo estipulado.