PROYECTO DE LEY PARA PROHIBIR INDUSTRIA SALMONERA EN TIERRA DE FUEGO
![](https://www.objetivosur.com.ar/wp-content/uploads/2023/09/Banner_Puerto_USH_780x90.gif)
En otro articulado, crea una unidad de multa (UM) para sancionar el incumplimiento de la futura Ley –de ser sancionada- que alcanza el 10% del salario de una categoría 10 de la administración central. Y ante el incumplimiento, la autoridad de aplicación estará habilitada para: “Inmediata clausura del establecimiento y obligatorio decomiso de todas las instalaciones removibles (…)” y el pago adicional de una multa no inferior a cien (100) y no superior a un mil quinientas (1.500) unidades UM.